SUBVENCIONES EN EL ÁMBITO DE

LA SALUD Y LA SEGURIDAD EN EL TRABAJO

 

DIRECCIÓN GENERAL

DG Empleo y Asuntos Sociales

OBJETIVO

Apoyar proyectos en el ámbito de la salud y la seguridad en el trabajo cuyos objetivos puedan contribuir significativamente a las prioridades que se ha fijado la Comisión.
La Comisión ha considerado especialmente importante favorecer una mayor participación de los inspectores de trabajo en la tarea de fomentar la aplicación efectiva del Derecho comunitario.

PUBLICACIÓN

          Línea presupuestaria: 04 03 05 01

DURACIÓN

Renovable anualmente en virtud del presupuesto comunitario.

BENEFICIARIOS

Sólo se tendrán en cuenta las propuestas de aquellos solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:

Hay dos tipos de subvenciones:

 TIPO A: 

Restringida: Los proyectos deberán estar presentados exclusivamente por autoridades competentes en materia de inspección de los Estados miembros que cumplan los requisitos descritos.

TIPO B:

Abierta: Los proyectos podrán ser presentados por cualquier tipo de beneficiario que cumpla los requisitos generales anteriormente descritos.

 CONTENIDO

Con carácter general, se trata de apoyar proyectos en el ámbito de la salud y la seguridad en el trabajo cuyos objetivos puedan contribuir significativamente a las prioridades que se ha fijado la Comisión, las cuales se basan en los informes elaborados por la Comisión de Altos Inspectores de Trabajo. Además, la Comisión ha considerado especialmente importante favorecer una mayor participación de los inspectores de trabajo en la tarea de fomentar la aplicación efectiva del Derecho comunitario.

Durante el 2005, las acciones susceptibles de recibir una subvención deberán referirse bien al intercambio de inspectores en beneficio de las  autoridades de los Estados Miembros, bien a la Campaña Europa por la seguridad en el trabajo en el sector de la construcción, beneficiando en exclusiva a las autoridades de inspección de los 10 nuevos Estados Miembros

FINANCIACIÓN

La ayuda financiera comunitaria adoptará la forma de subvenciones.

La contribución financiera comunitaria para los proyectos no superará en ningún caso el 70% de los costes totales.

El importe de la subvención se calculará sobre la base de un porcentaje del importe total de los costes subvencionables que sean necesarios para la realización del proyecto. Este porcentaje podrá variar entre un 10% y un 70% del importe total de los costes, en función del contenido específico del proyecto, en especial por lo que respecta a su valor añadido comunitario.

PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

                                                                                                                                                                                  

FUENTE DE INFORMACIÓN

http://ec.europa.eu/employment_social/emplweb/tenders/index_calls_en.cfm

http://ec.europa.eu/employment_social/emplweb/tenders/tenders_en.cfm?id=725

PUNTO DE CONTACTO COMUNITARIO

Comisión Europea

DG Empleo y Asuntos Sociales

EMPL/D/5- Salud, seguridad e higiene en el trabajo

Edificio Jean Monnet C3/066A

Rue Alcide de Gasperi

L-2920 Luxemburgo

Fax (352) 430 13 42 59
e-mail:
empl-socialsecurity@cec.eu.int

 


Última modificación: 17- I- 2007